(jubileo, [año] sabático). La Biblia es
el testimonio de una historia de liberación, que comienza con la salida de los
esclavos hebreos de Egipto (Éxodo) y culmina con la superación de toda
esclavitud (Apocalipsis). No es un libro espiritualista, que trata sólo de la
salvación de un alma separada del cuerpo, sino un libro de liberación integral,
donde resulta básico el tema de las diversas esclavitudes. Comenzaremos
hablando de los diversos códigos legales de Israel, para tratar después del
pecado del robo de personas y para distinguir finalmente entre esclavos y
cautivos.
1. El Código de la Alianza (Ex 20,22–23,19) recoge normas
tradicionales de las tribus, redactadas quizá en su forma actual en torno al
siglo IX a.C. Está marcado por un fuerte sentido social y contiene leyes
económicas, cultuales y criminales, propias de una sociedad austera, aunque
bien organizada, entre ellas la ley sobre la esclavitud: «Cuando compres un
esclavo hebreo, servirá seis años, y el séptimo quedará libre sin pagar
rescate. Si entró solo, solo saldrá; si tenía mujer, su mujer saldrá con él…
Si el esclavo declara: Yo quiero a mi señor, a mi mujer y a mis hijos, renuncio
a la libertad, su amo le llevará ante Elohim y, arrimándolo a la puerta o a su
jamba, le horadará la oreja con una lezna y quedará a su servicio para siempre.
Si un hombre vende a su hija por esclava, ésta no saldrá de la esclavitud como
salen los esclavos. Si no agrada al señor que la había destinado para sí, éste
permitirá su rescate; y no podrá venderla a gente extraña, tratándola con
engaño…» (Ex 21,2-7). El texto no habla de las causas que han llevado a la
esclavitud de algunos israelitas, pero todo nos permite suponer que son las
deudas. Los equilibrios agrícolas en una economía de subsistencia resultan
frágiles: la poca habilidad o suerte adversa, la injusticia o rapiña ajena, la
mala cosecha, hacen que un hombre (un propietario) deba pedir préstamos a los
vecinos fuertes o más ricos. Si no puede restituirlos a su tiempo, se convierte
en esclavo de su acreedor. (a) Siete
años. Conforme a la ley de la alianza, esa esclavitud del hebreo (que puede
ser israelita o no) sólo puede durar siete años, que forman un todo sagrado o
una semana de años, tiempo suficiente para depender de otro y pagarle con el
trabajo las deudas contraídas. (b) Los
que desean seguir siendo esclavos. El segundo apartado de esta ley trata de
aquellos que desean seguir siendo esclavos. Es evidente que en el fondo de ese
deseo no debe suponerse, en general, un amor romántico hacia el buen amo, sino, más bien, la conveniencia del
esclavo, que no tiene recursos para vivir en libertad, ni medios para recuperar
su antigua tierra, ni más familia que la
mujer e hijos que el amo le ha dado (y que él no puede llevar consigo, pues no
son suyos). Lógicamente, ha de elegir entre hacerse libre sin propiedad y
familia (condenado a la vida errante) o seguir esclavo con posibilidades de
vida. La formulación del texto es arcaica, pues llevar al esclavo ante Elohim
significa ponerle ante el Dios o dioses tutelares de la casa familiar (no ante
Yahvé, Dios de la libertad israelita). Dejándose horadar sus orejas ante las
jambas o puerta (lugar de los dioses lares), el esclavo queda inserto en el
espacio sagrado de la casa, cuyos dioses le dominan (esclavizan) y protegen al
mismo tiempo. La ley sobre la hija (o mujer) esclava se sitúa en el mismo contexto: el hombre cae esclavo cuando
no puede pagar sus deudas; la mujer cuando es vendida por su padre o
propietario, que tiene deudas o quiere sacar ganancia de la misma hija.
Evidentemente, la norma sabática no se aplica a la mujer-esclava, pues en aquel
contexto era impensable que ella alcance su libertad después de haber sido
siete años esclava-concubina. Por
otra parte, la diferencia entre mujer
libre y esclava de la casa (entre vender o dar la hija en matrimonio)
resulta a veces pequeña. Por eso es loable el esfuerzo de la ley por proteger a
las mujeres así vendidas.
2. El Deuteronomio, que es un texto legal posterior, ratifica la ley
sabática de la liberación de los esclavos, vinculada al perdón de las deudas,
que suelen ser la causa normal de la esclavitud: «Si tu hermano hebreo, hombre
o mujer, se te vende, te servirá seis años y al séptimo lo dejarás ir libre de
ti. Cuando lo dejes ir libre, no lo mandarás con las manos vacías. Le proveerás
generosamente de tus ovejas, de tu era y de tu lagar, de aquello con que Yahvé
tu Dios te haya bendecido. Recuerda que fuiste esclavo en la tierra de Egipto, y que Yahvé tu Dios te rescató. Por
eso, te mando esto hoy. Pero si él te dice no quiero marcharme de tu lado,
porque te ama, a ti y a tu casa, porque le va bien contigo, tomarás un punzón,
le horadarás la oreja contra la puerta, y será tu siervo para siempre. Lo mismo
harás con tu sierva. No se te haga demasiado duro el dejarle en libertad,
porque el haberte servido seis años vale como salario de jornalero. Y Yahvé tu
Dios te bendecirá en todo lo que hagas» (Dt 15,12-18). Esta ley reasume, con
variantes, la de Ex 21,20-22. Por el lugar que ocupa en el Año de Remisión,
puede pensarse que esta ley de la liberación (como el perdón de las deudas) se
cumple al mismo tiempo para todos los esclavos. Sin embargo, tomada en sí, como
unidad independiente, puede aplicarse de forma individualizada, como en Ex 21,
de manera que los seis años de esclavitud empiezan a contarse para cada uno en
el momento en que ha sido esclavizado. Seis años es un tiempo definitivo,
expresión de máxima servidumbre. Por seis años se puede mantener a un hombre
esclavo, utilizando sus servicios. Hacerlo por más tiempo significa destruirlo:
una servidumbre de por vida es lo mismo que la muerte: destrucción total de la
persona. Veamos ya el texto en concreto. Sorprende el carácter moderno de esta
ley, que contrasta con muchas leyes actuales, que siguen imponiendo penas de
cárcel perpetua, por razones que en el fondo siguen siendo económicas. De todas
formas, debemos recordar que la antigua ley israelita admitía y exigía la pena
de muerte, como castigo por otro tipo de delitos (sexuales, sacrales,
criminales), que hoy nos parecen menos graves. El texto iguala al varón y a la
mujer y exige que el dueño les ofrezca provisiones al liberarles, dándoles las
cosas necesarias, pues una libertad sin bienes básicos (sin posibilidades de
realización personal y familiar) carece de sentido. Lógicamente, la ley pide al
amo que sea generoso, reconociendo el valor de aquello que el/la esclavo/a le
ha dado en los años de servicio. A pesar de eso, sigue siendo necesaria una
excepción para aquellos que prefieran seguir siendo esclavos, pues son
incapaces de vivir en libertad, por falta de patrimonio o de familia. La
libertad formal no es un bien en sí; ella sola resulta insuficiente.
3. La ley de Levítico 25 (Código de la Santidad), centrada en el año del Jubileo*,
constituye uno de los documentos jurídicos más notables de la historia humana.
Pero debe ser releída y recreada desde una perspectiva de universalidad
mesiánica, en la línea de la tradición de Isaías y, sobre todo, del mensaje y
vida de Jesús. Sólo así podrá superarse la división que establece entre judíos
y no judíos: «Si tu hermano empobrece y se te vende, no le harás servir como esclavo.
Como jornalero o extranjero estará contigo, y te servirá hasta el año del
Jubileo. Entonces saldrá libre de tu casa, él y sus hijos con él, y volverá a
su familia, a la propiedad de sus padres; porque son mis siervos, a quienes
saqué de la tierra de Egipto. No serán vendidos como esclavos. No les tratarás
con dureza, sino que temerás a tu Dios. Tus esclavos o esclavas provendrán de
las naciones de alrededor. De ellas podréis comprar esclavos y esclavas.
También podréis comprar esclavos de los hijos de los extranjeros que viven
entre vosotros, y de sus familias que están entre vosotros, a los cuales
engendraron en vuestra tierra. Éstos podrán ser propiedad vuestra, y los
podréis dejar en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como posesión
hereditaria. Podréis serviros de ellos para siempre; pero en cuanto a vuestros
hermanos, los hijos de Israel, no os enseñorearéis unos de otros con dureza»
(Lv 25,39-46). Esta doble moralidad la encontramos también en Dt 15,1-6, que
prohíbe el cobro de intereses a los israelitas y lo permite a los extranjeros.
Ella se aplica ahora a la esclavitud (cf. también Ex 21,20-22; Dt 15,12-18).
Dos son las novedades básicas del Levítico. (a) El Levítico permite una
esclavitud más larga, de hasta 49-50 años. Los códigos anteriores (Ex y Dt)
suponían que la esclavitud sólo puede durar 7 años, aunque introducían
excepciones. El nuevo texto indica que, no siendo posible el rescate (cf. Lv
25,47-55), la esclavitud puede durar 49-50 años, pues no tiene sentido liberar
a un hombre si no tiene una tierra, un modo de vida estable, para él y su
familia. Sólo el Jubileo, con la restitución universal y el nuevo comienzo
económico, permite superar de hecho la esclavitud y así lo establece (supone)
la ley. (b) El Levítico divide a los hombres en dos grupos: los israelitas sólo
pueden ser esclavizados por un tiempo, y con suavidad, en gesto de servicio
temporal; los no israelitas (y entre ellos se incluyen los habitantes no judíos
de la tierra de Israel) pueden ser esclavizados para siempre. De esta forma se
ratifica una doble moralidad, que ha sido y sigue siendo uno de los problemas
más graves de la historia, que Jesús ha condenado en el Sermón de la Montaña.
4. Esclavitud y robo de personas (pena* de muerte, mandamientos*). El
octavo mandamiento del Decálogo dice no robarás (Ex 20,15; Dt 5,19). La
tradición normal de judíos y cristianos aplica ese mandamiento al robo de
cosas, pero la intención primera del texto va en contra del robo de personas,
para esclavizarlas o venderlas como mercancía en las ferias de esclavos, sobre
todo de Fenicia. En ese contexto se proclama la ley: «Quien robe a un hombre
para venderlo o esclavizarlo es reo de muerte» (Ex 21,16). «Quien robe a un
hermano israelita para explotarlo o venderlo morirá» (Dt 24,7). El pecado es
tan grave que debe castigarse con la muerte del culpable. Estas leyes reflejan
la vida de una sociedad donde empieza a extenderse el robo de personas, es
decir, el tráfico de esclavos, canalizado por las ricas ciudades de Fenicia, en
torno al siglo VIII y VII a.C. Por eso resulta necesaria esta ley que proteja la
libertad de las personas: quien robe a un hombre para esclavizarle, quien
oprima a los demás, de cualquier forma, destruye la misma raíz de la vida
humana. Esta ley contra el robo de personas está en el fondo de la voz más
imperiosa de la profecía israelita, la de Amós, que elevó su condena contra
aquellos que comercian con esclavos: «Así dice Yahvé a Gaza: por tres delitos y por cuatro no les perdonaré, porque
hicieron prisioneros en masa y los vendieron a Edom… Así dice el Señor a Tiro: por tres delitos y por cuatro no
les perdonaré, porque vendió innumerables prisioneros a Edom» (Am 1,6.9). Gaza
y Tiro son ciudades ricas, que controlan el comercio, entre mar y tierra firme.
Pues bien, el profeta considera que su riqueza, amasada en gran parte con el
tráfico de esclavos, es pecado: el comercio que convierte al ser humano en
mercancía resulta imperdonable. Pero éste no es sólo un pecado de pueblos
extraños, sino que se ha introducido en el mismo tejido de la sociedad
israelita: «Así dice el Señor a Israel: por tres delitos y por cuatro no les
perdonaré, porque venden al inocente por dinero y al pobre por un par de
sandalias, aplastan contra el polvo al desvalido y no respetan el derecho del
indigente» (Am 1,6-7). Esto es para Amós el mayor de todos los pecados: oprimir
al pobre (cf. Am 4,1), corromper la justicia al servicio de los poderosos (Am
5,12), convirtiendo así la vida en campo de batalla donde no existe más paz que
la impuesta por los violentos vencedores, que justifican sus acciones apelando
a su derecho, en nombre de una sacralidad (divinidad) del orden opresor
establecido, que es pura injusticia. En contra de ese desorden y destrucción
humana apela Amós y con él todos los grandes profetas (Miqueas, Isaías,
Habacuc). Una sociedad que vende a los hombres, convirtiéndoles en mercancía al
servicio del dinero o del poder, se destruye a sí misma, está muerta. El
problema aquí no es la cárcel del sistema o de un Estado, sino un tipo de
esclavitud económica, vinculada al comercio de hombres, que unos ricos pueden
comprar y vender.
5. En el principio surgió la esclavitud. La Escritura es básicamente un libro
de Redención: cuenta la experiencia de unos hombres y mujeres que, rompiendo la
atadura de esclavitud y/o cautiverio, se atrevieron a vivir en libertad,
descubriendo en su camino la presencia de Dios que les redime y ofrece un
futuro de reconciliación. En este contexto se sitúa la diferencia entre
esclavos y cautivos. Los griegos han cultivado una conciencia mayor de libertad
individual, propia de una minoría de ciudadanos autónomos que se sienten
orgullosos de ser dueños de sí mismos y desprecian a los otros (bárbaros y/o
esclavos). Lógicamente, como Platón ha señalado en el Mito de la Caverna, la
libertad es para ellos una experiencia básicamente interior, ligada a la
iluminación mental, a la superación de la cárcel del sentido (del conocimiento
imperfecto). En contra de eso, los israelitas han acentuado el carácter de la
esclavitud y libertad en un plano social y nacional: se han descubierto
vinculados como pueblo, tanto en la opresión como en la búsqueda de realización
humana. Más que la cárcel del sentido (mito de la caverna) les ha preocupado la
opresión social o exilio. Así podemos presentarles como pueblo empeñado en el
despliegue de su propia identidad. No se han especializado en el conocimiento
teórico, como los griegos, ni en la conquista imperial, como persas o romanos.
Pero han desarrollado una historia ejemplar de despliegue de su propia
libertad, como cuentan sus textos fundantes: «Mi padre era un arameo errante;
bajó a Egipto y residió allí en grupo pequeño; allí se hizo un pueblo grande,
fuerte y numeroso. Los egipcios nos maltrataron, nos humillaron y nos
impusieron dura esclavitud» (Dt 26,5-6). Dios habló a Moisés diciendo «he visto
la opresión de mi pueblo en Egipto, he oído sus quejas contra los opresores, me
he fijado en sus sufrimientos. Y he bajado para liberarlos de los egipcios» (Ex
3,7-8). En el comienzo de su historia está el recuerdo de la esclavitud: eran
simplemente apiru, hebreos, dominados
y oprimidos por la oligarquía de Egipto o de la misma tierra de Palestina. Su
historia en cuanto pueblo ha comenzado con la experiencia de liberación,
entendida como éxodo, salida de la servidumbre y alianza (despliegue nacional,
en forma de pacto). Todo israelita se concibe como hebreo (esclavo) liberado
(cf. Dt 15,12-15): un hombre condenado humanamente a la opresión, pero
rescatado por el Dios de la libertad. Desde ahí ha de entenderse la historia
como proceso de redención: camino en el que Dios y sus representantes (Moisés,
Josué, los jueces), que son básicamente redentores, hacen que el pueblo pueda alcanzar
la libertad, viviendo en paz y concordia sobre una tierra concebida como don de
Dios para todas las tribus y familias de la nación israelita.
6. Esclavitud y cautiverio. Los esclavos (en hebreo ‘ebed, en griego doulos,
en latín servus) formaban el nivel
inferior de la estratificación social de un pueblo: no podían disponer de su
vida, porque estaban al servicio de otros amos. Se supone que han nacido para
eso y se encuentran oprimidos dentro de un conjunto social que parece
sacralizado por los dioses. Por el contrario, los cautivos (sabah y galah en hebreo, aikhmalotos en
griego, captus en latín) padecen bajo
un tipo de opresión más sutil, más extendida, que no se expresa sólo como
dominio (en plano jurídico), sino en las varias formas de sometimiento económico,
nacional, religioso o cultural de un pueblo. Cautivos son los prisioneros de guerra (sabah) y/o aquellos que han
quedado bajo el poder de vencedores y enemigos, en la historia larga de luchas
y revueltas del pueblo israelita. Han sido tomados por la fuerza y se
mantienen, quizá en su propia tierra, bajo los imperios opresores más o menos
benignos. No están sometidos por origen, sino por una historia adversa, en razón de
los conflictos de una humanidad hecha de guerra y violencias. Algunos se
aprovechan de la situación, consiguiendo una fuerte autonomía, bajo el dominio
de persas y helenistas (entre el 539 y el 168 a.C.). Otros se sienten dominados
y quieren alzarse en lucha militar contra la opresión de turno (en este caso
romana), como los celotas en tiempo del Nuevo Testamento. Cautivos son también los exiliados (galah), arrancados de su tierra
y sometidos, controlados, en país extraño, entre gentes de otra lengua,
religión, costumbres. El exilio ha marcado la vida israelita, a partir del
cautiverio de las tribus del Norte (el 721 a.C.) y sobre todo después de la
caída del reino de Judá (el 586 a.C.). Ciertamente, para algunos judíos el
mismo cautiverio, ampliado y expandido en forma de diáspora, ha sido ocasión de
un más hondo desarrollo cultural y religioso. Muchos han salido voluntariamente
de Palestina, como emigrantes, en busca de mejores condiciones económicas, de
tal modo que gran parte de los israelitas en tiempos de Jesús vivían en
diáspora. A pesar de que algunos gozaban de una situación económica aceptable,
la mayoría se sentían exiliados, cautivos, y esperaban el día del retorno
redentor, la liberación del exilio.
7. Esclavitud, cautiverio, libertad. El ideal de redención ha sostenido
la experiencia de los israelitas y se encuentra en la base de su identidad y de
su vida como pueblo. Israel surgió al vencer la experiencia de la esclavitud.
Aún no existía como pueblo y ya sufría: nació del dolor, en camino abierto
hacia la dicha. Por eso, los israelitas interpretaron a Dios como redentor,
portador de libertad, en una historia en la que actúa a través de los grandes
liberadores (Moisés, Josué, Jueces). Israel llegará a su plenitud superando el
cautiverio, como han indicado los profetas. Desde este contexto han de
entenderse las diversas teologías del judaísmo en tiempo de Jesús y de un modo
especial el mensaje y vida de Jesús, condensado por Lucas en Lc 4,18-19.
Cf. C. ALONSO, La esclavitud a través de la Biblia, CSIC, Madrid 1986; G. C.
CHIRICHIGNO, Debt-Slavery in Israel and the Ancient Near East, JSOT SuppSer 141, Sheffield 1993; X. PIKAZA, Dios preso, Sec. Trinitario, Salamanca
2005; Fiesta del pan, fiesta del vino, Verbo
Divino, Estella 2000; cf. R. NORTH, Sociology of the Biblical Jubilee, AnBib 4, Roma 1954; R. DE VAUX, Instituciones del Antiguo Testamento, Herder, Barcelona 1985; M.
ZAPELLA (ed.), Le origini degli anni
giubilari, Piemme, Casale Monferrato 1998.
Todos los
derechos: Diccionario de la Biblia,
historia y palabra, X. Pikaza